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Está permitido instalar una pantalla en el salpicadero de un vehículo, siempre que se respeten los requisitos aplicables en materia de seguridad vial. La instalación de este equipo no debe obstaculizar el campo de visión del conductor ni ocultar, total o parcialmente, los elementos esenciales de la visibilidad del vehículo. La pantalla debe estar colocada de manera que garantice un uso seguro, sin constituir una fuente de distracción que pueda alterar la conducción. El conductor debe poder consultar la información mostrada sin que ello afecte a su vigilancia ni al control del vehículo. Siempre que la instalación sea conforme, estable y no obstructiva, este dispositivo puede considerarse un equipo de ayuda a la conducción que contribuye al confort y a la seguridad del usuario.
Instalación
Anti-olvido
Garantía y SAT
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